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micronegocio de banco azteka me amenza con embargarme
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micronegocio de banco azteka me amenza con embargarme
mi mama se metio a un prestamo grupal creo que de 5 o 6 personas a ella le prestaron 5000, los tenia que pagar en 20 semanas ella pago hasta la 13 por que una de las integrantes se atraso y nadie siguio pagando por problemas economicos, cuando mi mama queria seguir pagando le cobraban 4000 y ella quedo debiendo masomenos 1500 pero le estaban cobrando por todos, asi que ella no dio nada, el caso es que desde hace como 3 semanas a estado viniendo un disque abogado y dice que tiene que pagar en 23 horas ( eso lleva disiendo desde el principio) o si no lo va pasar al juez para que vengan a embargar aora resulta que debe 9000 pesos, y en donde la ve la amenaza con el embargo y le dise que si no se la van a llevar a la carcel y
que haber como le hace por que alla le van a cobrar 25mil pesos y le dise que que verguenza que los vecinos vean, al principio le pedia 500 pesos para segun el darle chance unos dias mas, aparte un dia que vino y no salio mi mama por miedo desaparecio mi perro mi mama no vio que el se lo llevara pero una vecina vio que lo hecho al carro y se fue enojado, la verdad que si me dio coraje, hoy vino mi mama le dijo que cuando el vino el perro desaparecio y como que se enojo y respondio que el venia a lo suyo. pero lo que les pido es ayuda por favor mi mama esta desesperada muchos le dicen que no le hacen nada por lo poquito que debe, pero nose AYUDA POR FAVOR!!
que haber como le hace por que alla le van a cobrar 25mil pesos y le dise que que verguenza que los vecinos vean, al principio le pedia 500 pesos para segun el darle chance unos dias mas, aparte un dia que vino y no salio mi mama por miedo desaparecio mi perro mi mama no vio que el se lo llevara pero una vecina vio que lo hecho al carro y se fue enojado, la verdad que si me dio coraje, hoy vino mi mama le dijo que cuando el vino el perro desaparecio y como que se enojo y respondio que el venia a lo suyo. pero lo que les pido es ayuda por favor mi mama esta desesperada muchos le dicen que no le hacen nada por lo poquito que debe, pero nose AYUDA POR FAVOR!!
micronegocio me amenaza- Des-informado
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micronegocio de banco azteka me amenza con embargarme
micronegocio me amenaza, bienvenida a paga lo justo. Lamentablemente en estos créditos grupales, si alguien de los integrantes no paga, los demás tendrán que responder por el pago.
Nadie puede ir a la cárcel por deber dinero y eso esta escrito en la constitución de este País, por lo que los están espantando para que paguen, ahora bien, aunque el embargo es un derecho que tiene el acreedor, este es un proceso largo, tedioso y costoso y por lo que deben les saldría mas caro.
Aquí lo que tienen que hacer es tratar de llegar a un arreglo y que todo sea por escrito para que no haya sorpresas después.
Te dejo este formato para que le des una leída y no las tomen desprevenidas en cuanto al embargo que tanto mencionan.
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
----------
Te deseo mucha suerte.
Saludos.
Nadie puede ir a la cárcel por deber dinero y eso esta escrito en la constitución de este País, por lo que los están espantando para que paguen, ahora bien, aunque el embargo es un derecho que tiene el acreedor, este es un proceso largo, tedioso y costoso y por lo que deben les saldría mas caro.
Aquí lo que tienen que hacer es tratar de llegar a un arreglo y que todo sea por escrito para que no haya sorpresas después.
Te dejo este formato para que le des una leída y no las tomen desprevenidas en cuanto al embargo que tanto mencionan.
EL MAESTRO Hermes INFORMO el Miér 25 Sep 2013 - 15:09
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
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Te deseo mucha suerte.
Saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
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59
1229
micronegocio me amenaza- Des-informado
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2
Re: micronegocio de banco azteka me amenza con embargarme
Hola micronegocio me amenaza, además de lo que te dijo mi amigo juan jose lorenzana (saludos), presenta una queja en la condusef a:
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Saludos.
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Saludos.
_________________
La deuda más importante que tengo, nunca la podré pagar con dinero, la deuda más importante que tengo, es con la persona que más quiero.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
GALENO- Consultor Master
-
64
1637
Micronegocio de Banco Azteca
Estimada micronegocio me amenaza:
Bienvenida a "Paga lo Justo", desgraciadamente en este tipo de préstamos cuando alguna de las personas que están en el grupo no paga se van contra los demás miembros, a veces caemos en este tipo de préstamos pensando que nuestra familia, amigos o conocidos van a pagar puntualmente pero por los casos similares al tuyo que se encuentran en el foro he visto que hay muchos problemas con este tipo de arreglos. Mis compañeros ya te han dado algunos consejos te pido que por favor los leas y estudies con calma para que poco a poco vayas tranquilizándote y tomes la mejor decisión para salir de este problema. Por lo pronto debes saber que no hay cárcel por deudas, cuando el cobrador te amenace con "la voy a meter a la cárcel" te está tratando de amedrentar para que salgas a pedir dinero prestado o vendas tus cosas, mándalo a volar y si se pasa de listo dile que el que se va a ir a la cárcel es él por amenazas y agresión, que vas a llamar una patrulla y verás que se retira de tu casa. Estos cobrones tienen un guión bien aprendido y les gusta fastidiar a las personas que no conocen sus derechos por eso la importancia de informarse. Referente al embargo sí pueden realizarlo pero generalmente llegan a un acuerdo con el deudor ya que un juicio es largo, tedioso y costoso. Ahora bien si se da el caso de demanda que lo dudo mucho no creas que hoy te demandan y mañana te están embargando, no es así es una treta más para espantar, lo primero es demandar ante un juzgado después te informan de la demanda para que la contestes dentro de los siguientes 5 días hábiles, la persona que te notifica de la demanda debe estar bien identificada y mostrar de que juzgado viene, en este momento debes tener un abogado para contestar la demanda, después se lleva el juicio que es tardado, tardado, tardado ya que los juzgados están abarrotados de trabajo y las fechas se van ampliando, después se llega a un veredicto y en ese momento un Juez manda a embargar, pero por lo general antes de esto se trata de llegar a un acuerdo con el acreedor. Como verás no es tan simple embargar. De nuevo te invito a leer y a estudiar, no te dejes espantar por este cobrón abusivo y grosero y si se pasa de listo llama a una patrulla, el tipejo no puede hacerte nada. Se me pasaba Banco Azteca no puede ser juez y parte por lo que no tiene ninguna facultad para meterte a la cárcel o mandar un embargo eso solamente lo puede hacer un juez después de un juicio.
Te deseo mucha suerte y seguimos en contacto.
Bienvenida a "Paga lo Justo", desgraciadamente en este tipo de préstamos cuando alguna de las personas que están en el grupo no paga se van contra los demás miembros, a veces caemos en este tipo de préstamos pensando que nuestra familia, amigos o conocidos van a pagar puntualmente pero por los casos similares al tuyo que se encuentran en el foro he visto que hay muchos problemas con este tipo de arreglos. Mis compañeros ya te han dado algunos consejos te pido que por favor los leas y estudies con calma para que poco a poco vayas tranquilizándote y tomes la mejor decisión para salir de este problema. Por lo pronto debes saber que no hay cárcel por deudas, cuando el cobrador te amenace con "la voy a meter a la cárcel" te está tratando de amedrentar para que salgas a pedir dinero prestado o vendas tus cosas, mándalo a volar y si se pasa de listo dile que el que se va a ir a la cárcel es él por amenazas y agresión, que vas a llamar una patrulla y verás que se retira de tu casa. Estos cobrones tienen un guión bien aprendido y les gusta fastidiar a las personas que no conocen sus derechos por eso la importancia de informarse. Referente al embargo sí pueden realizarlo pero generalmente llegan a un acuerdo con el deudor ya que un juicio es largo, tedioso y costoso. Ahora bien si se da el caso de demanda que lo dudo mucho no creas que hoy te demandan y mañana te están embargando, no es así es una treta más para espantar, lo primero es demandar ante un juzgado después te informan de la demanda para que la contestes dentro de los siguientes 5 días hábiles, la persona que te notifica de la demanda debe estar bien identificada y mostrar de que juzgado viene, en este momento debes tener un abogado para contestar la demanda, después se lleva el juicio que es tardado, tardado, tardado ya que los juzgados están abarrotados de trabajo y las fechas se van ampliando, después se llega a un veredicto y en ese momento un Juez manda a embargar, pero por lo general antes de esto se trata de llegar a un acuerdo con el acreedor. Como verás no es tan simple embargar. De nuevo te invito a leer y a estudiar, no te dejes espantar por este cobrón abusivo y grosero y si se pasa de listo llama a una patrulla, el tipejo no puede hacerte nada. Se me pasaba Banco Azteca no puede ser juez y parte por lo que no tiene ninguna facultad para meterte a la cárcel o mandar un embargo eso solamente lo puede hacer un juez después de un juicio.
Te deseo mucha suerte y seguimos en contacto.
SOLEDAD AGUILAR GALVÁN- Consultor Sr.
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